Efectos negativos sobre los saldos del Fondo de Reserva de las Pensiones Contributivas.
“UN GRAN DEBATE NACIONAL” AÚN NO HECHO SOBRE EL FONDO DE RESERVA. Definición del Fondo de Reserva de las Pensiones contributivas de la Seguridad Social.- La Ley 24/1997, de 15 de Julio, crea un Fondo de Reserva con cargo a los excedentes de cotizaciones sociales. “con el objetivo de constituir unas reservas que permitan atenuar los efectos de los ciclos económicos bajos y garantizar el equilibrio financiero y del Sostenimiento del Sistema de Pensiones en cumplimiento del Pacto de Toledo”. Sus saldos anuales los vemos a partir del año 2000. (Antes del 2000 ya existían superávit).
Los recursos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social (FRSS), son el excedente positivo ó el superávit anual, diferencia entre ingresos por Cuotas y gastos por Prestaciones (pensiones), procedente del ámbito contributivo de trabajadores y empleadores a la Seguridad Social. Por tanto, consideramos que desde los años 80 estos recursos son propiedad de trabajadores, jubilados y pensionistas del Sistema Contributivo. Nunca de los Gobiernos, ni de políticos, ni empresarios, ni de los sindicatos.
DECLARAMOS ya en distintos escritos a los Gobiernos: Que no nos oponemos a que se haga uso temporal o transitorio del superávit del Fondo de Reserva por los Gobiernos en caso de Crisis, pero sí exigimos su Blindaje, Regulación, Contabilización, Control y Transparencia en la previsión de la Devolución en tiempo y forma posibles, de lo detraído o cargado indebidamente al Fondo de Reserva de las Pensiones de la Seguridad social
Que contemplado el tema del (FRSS) desde otra perspectiva olvidada u omitida, para validar la pretendida Reforma, justifica nuestra convicción de que es indiscutible, la Sostenibilidad del actual Sistema de la Seguridad Social y su denostado y olvidado Fondo de Reserva de las Pensiones Contributivas. El gobierno de turno debe estudiar este tema, a fin de evitar y resolver los efectos negativos a que nos referimos más adelante.
En nuestro escrito sobre “SOSTENIBILIDAD DEL ACTUAL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y SU FONDO DE RESERVA DE LAS PENSIONES”, Tenemos una información extensa sobre la sangría del FRSS. Remitido (por la Asociación de los Jubilados de los Colegios Profesionales, (Madrid) y ERE98VILLANA-ENDESA, (Sevilla).A miembros del Ejecutivo, Instituciones, Partidos Políticos y Medios de Comunicación, Personalidades y Particulares. Y a todos los Portavoces de los Partidos en el Congreso de los Diputados y Senado, Sindicatos etc., para que no aleguen ignorancia sobre la sangría del Fondo de Reserva de las Pensiones. Y exijan y apoyen su Devolución al Fondo, en tiempo y forma conveniente para España y para el Fondo.
Y que aquí relacionamos, algunos de los efectos en él expuestos, así como por recopilación de publicaciones y del Gabinete de comunicación, Ministerio de Empleo y Seguridad
Los efectos negativos, sus conceptos y cuando es posible su cuantificación:
En algunos casos sin tener en cuenta aún en €, al no tener información al respecto.
1. Los efectos de los miles de millones esquilmados han sido, por las detracciones indebidas de los gobiernos para otros fines distintos a las pensiones. Y que no se han devuelto a dicho FONDO. De haberse devuelto, estimamos que se tendría un patrimonio activo de más de 400.000,00 millones€ al 31/12/12. ¿Se ha tenido en cuenta este efecto negativo sobre el FRSS, en el estudio de sostenibilidad de los expertos? ¿Sobre todo para su contabilización, reconocimiento y acuerdo de devolución al Fondo?
2. El costo (Sobre el FRSS) del incremento excepcional del número de Pensionistas Jubilados anticipadamente, como consecuencia de lo convenido, entre los gobiernos, sindicatos y empresas, en los “Expediente de Regulación de Empleo (ERE)”. ¿Cuántos miles de pensionistas actuales, están o estuvieron incluidos, por su anticipada jubilación, engrosando el gasto de pensiones entre los 60 a los 64 años de edad, reduciendo a su vez el saldo del Fondo de Reserva? Y se continúa haciendo.
Y que no sería así, de no existir esta financiación en lo convenido en los ERE, o se hubiese financiado su costo, siempre hasta la edad de la jubilación ordinaria (65 años) por Impuestos Generales y/o compartida con las empresas que obtienen beneficios. Y nunca por cotizaciones sociales, que consecuentemente reducen el saldo del FRSS. Dando lugar a la pretendida Reforma.
De la dinámica de estos ERE, exponemos resumidamente unos ejemplos:
Los trabajadores de los ERE pasan a prejubilados, durante un periodo que puede iniciarse a partir de los 50 años de edad, hasta el momento que por ciertos requisitos y condiciones de la Seguridad Social puedan pasar, anticipadamente a jubilados que puede ser a partir de los 60 años, y/o continuar prejubilados hasta los 65 años de edad, que es la de la jubilación ordinaria.
La reducción de plantilla de las empresas, se hace enviando al paro los dos primeros años a los trabajadores prejubilados, como si hubieran sido despedidos. Una vez terminado el periodo de paro. El INEM, previa solicitud del trabajador, les paga una “ayuda para mayores de 52 años”. Al cumplir los 60 años, si aún no pueden jubilarse, la empresa les “obliga” a solicitar las “Ayudas Previas a la Jubilación”. Tiene una duración máxima de 5 años, cobrándose hasta el momento de la jubilación. El Estado durante todo este periodo del prejubilado paga (de impuestos generales) distintas cantidades al trabajador. El resto, lo paga en tiempo y forma la empresa hasta lo convenido en el ERE.
Jubilaciones anticipadas No obstante, aquellos trabajadores prejubilados que anticipadamente se jubilan, forzosamente por cumplir con lo convenido entre sindicatos, (No contaron pensionistas) empresa y lo legislado por el gobierno al respecto, pasan a engrosar el gasto por pensiones, durante el periodo de su jubilación entre los 60 a 64 años de edad. Reduciendo sistemáticamente los saldos del Fondo de Reserva. Y que no sería así de haberse financiado siempre hasta la edad de la jubilación ordinaria 65 años, por Impuestos generales y/o compartido con las empresas con beneficios. Y nunca por cotizaciones sociales.
Esto ha influido mucho, reduciendo sistemáticamente, el saldo de dicho Fondo.
¿Cuando esto no ocurra, será el FONDO aún más sostenible? Varios miles de pensionistas actuales, están o estuvieron incluidos, en el gasto de pensiones anticipadas desde el origen de los ERE, entre los 60 a 64 años de edad, que no sería así, de no existir dicha financiación por parte de cotizaciones sociales.
Si los puntos 1 y 2 anteriores, de grandes efectos negativos sobre el FRSS, no se han tenido en cuenta para su corrección, anulación y/o normalización en el informe entregado por los Expertos al Gobierno, como guía para la pretendida Reforma. Consideraríamos dicho estudio-informe no ha sido real, ni eficaz, por tanto no apto, para tenerlo en cuenta, y propiciar una reforma del actual sistema de la Seguridad Social y su Fondo de Reserva de Pensiones Contributivas. Y no lo decimos solo nosotros, sino también, los innumerables votos particulares en contra, Catedráticos, Economistas, Sindicatos, componentes de la propia Comisión, Pensionistas y trabajadores.
Resumen muy sucinto de cantidades y conceptos, algunos aun sin cuantificar Millones€.
a).Gabinete del Ministerio de Empleo y S. Social. Saldo al 31/12/12. 63.008€
b).Antes del 2000,como ejemplo Universalidad de la Sanidad, Infraestructuras, etc. 290.000€
c).Complementos a mínimos (Ministerio de E.) desde el 2000 hasta el 31/12/12. 41.125€
d).-En los Medios, del anterior Gobierno decían, que dejó de aportar. 14.000€
Saldo supuesto al 31/12/12. 408.133€
MÁS otras financiaciones o cargos sin cuantificar por falta de información.
e).Costo de la financiación por pensión anticipada. (X)
f).Lo detraído en 2013 por el Real Decreto-Ley 28/2012 de noviembre. (X)
g).Lo invertido en Bonos del Estado, Deuda Pública. (X)
h).Financiación de los Planes de Choque, de Empleo desde 2010 hasta 2013. (X)
Aquellos “El Gobierno está sacando recursos por un lado y no los está incorporando por otro.
Supuestamente dada la situación financiera del Estado en aquellos años. ¿De dónde se obtuvieron las dos anualidades del Plan “E”, años 2009-2010? 50.000€
Todo lo expuesto debió de financiarse por Impuestos Generales y nunca por las cotizaciones sociales, en contra del Saldo del Fondo de Reserva para Prestaciones.
Deducimos de todo lo anteriormente expuesto, que no es necesaria la Reforma del Actual Sistema de la Seguridad Social, ya que el Fondo de Reserva seria excepcionalmente sostenible si estuvieran ahí, dentro del FONDO DE RESERVA lo detraído y no se hubiera cargado al mismo, nada más que las Pensiones Contributivas Ordinarias. ¿Quizás alguien quiera la Reforma, para enterrar estos grandes puntos, de efectos negativos sobre el Fondo de Reserva de las pensiones?
Tomás de la Casa Ortega y Celestino Álvarez Álvarez
Sevilla-Madrid 01/12/13
lunes, 27 de enero de 2014
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Tope de pensiones