Desde la Asociación de Profesionales Titulados Jubilados de Álava (PROTJUBAL) agradecemos las promesas de rebaja de impuestos y de mejoramiento de las pensiones de jubilación que los partidos políticos aspirantes a gobernar España han incluido en sus respectivos programas electorales.
Por si llegara el caso de que el partido gobernante tuviera intención de cumplir dichas promesas, desde PROTJUBAL le brindamos sincera y razonadamente dos fórmulas eficaces y de fácil realización para cumplir ambos objetivos
Fórmula A: SUPRESIÓN DEL IRPF A TODAS LAS PENSIONES DE JUBILACIÓN
Aplicar el IRPF a las pensiones de jubilación, considerando a estas cono rentas de trabajo es injusto porque la pensión de jubilación no es una renta y menos de trabajo dado que el jubilado no es un trabajador; y no deja de ser un sarcasmo, tildar al jubilado de “rentista” a la vista de la significación entre despectiva y envidiosa que se da entre nosotros a la palabra rentista. A la pensión de jubilación no se la debe considerar renta de trabajo porque no lo es. Sería más lógico considerarla como patrimonio del jubilado: un patrimonio adquirido a través de muchos años (toda su vida laboral) y por tanto tributar como Patrimonio, NO como Renta.
Por otra parte no sería una excepción esta exención. Ya están exentas del IRPF las pensiones por incapacidad permanente, porque la incapacidad impide el trabajo, (al jubilado la Ley le impide trabajar). Y las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, (es evidente que la jubilación supone un cese que conlleva la desvinculación con la empresa).
Y no tributan IRPF las ayudas de contenido económico (subvenciones) a los deportistas de alto nivel. Ni los premios de la Lotería Nacional y Apuestas del Estado.
No dudamos que esta medida sería muy bien acogida por los casi ocho millones de jubilados para los que las siglas IRPF significan Impuesto que Repugna, Perjudica y Fastidia (y mucho) al pensionista.
Fórmula B: SUPRESIÓN DEL TOPE DE LAS PENSIONES DE MÁXIMA COTIZACIÓN
El TOPE a las pensiones de máxima cotización se impuso en 1.983 siendo Ministro de Hacienda el Sr. Boyer como remedio temporal a la mala situación económica de la Seguridad Social. La temporalidad se ha convertido en permanencia y la mala situación económica de la Seguridad Social hace ya unos años que ha pasado a ser “de sólida estabilidad económica y superávit financiero incluso” como reconoce la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en sentencia de 13 de 0ctubre de 2005 y el mismo Gobierno que presume de poder incrementar año tras año la “hucha” de la Seguridad Social, que ya alcanza la cifra record de 52 millones de euros por lo que mantener el TOPE después de años que desapareciera la causa que aconsejó imponerlo, es entrar en la política de “mantenella y no enmendalla”. Y que no nos vengan con que no está garantizado que dicho superávit tenga continuidad de futuro porque, si Boyer no encontró obstáculos para implantar el TOPE cuando la Seguridad Social estaba en bancarrota ¿por qué los va a encontrar el Gobierno en anularlo ahora que está en reconocido superávit? Y pregunto más: ¿Cuanto le iba a costar al ministro que le tocara pechar en el futuro con un nuevo periodo de penuria económica en la S.S. para reinventar el TOPE? Pues nada. No le; costaría nada volver a desmochar las pensiones porque los pensionistas aguantamos todo como se viene demostrando año tras año.
En cambio, su supresión demostraría la voluntad del gobierno de mejorar las pendientes y daría satisfacción según nuestros cálculos a unos 60.000 pensionistas que lo vienen reclamando.
Ambas fórmulas las consideramos perfectamente compatibles y sería un logro, demasiado bueno para ser cierto, que las dos fuesen asumidas por el Gobierno. ¡No nos caerá esa breva!
Presidente de PROTJUBAL